martes, 13 de octubre de 2009

LA COCAÍNA Y EL MEDIO AMBIENTE

Breogán Gómez – Giráldez Pérez

EL CONSUMO DE COCAÍNA INCREMENTA EL RIESGO DE SUICIDIO

MEDIO AMBIENTE: A CAÑIZA PADECE UN PROBLEMA POR NO TRATAR ADECUADAMENTE LAS AGUAS RESIDUALES


Los jóvenes vulnerables a los trastornos mentales son los más afectados por el aumento del riesgo de suicidio causado por el consumo de esta sustancia ilegal.

En A Cañiza existe cierto consumo de cocaína, sustancia que puede producir episodios agudos de euforia, seguidos por cuadros depresivos. Especialmente, las personas más vulnerables pueden tener depresiones tras el consumo de cocaína, lo que acaba incrementándolo y dificultando la abstinencia a la droga.

El consumo de cocaína deteriora la salud mental. Numerosos estudios lo han demostrado. Además, según el Observatorio Europeo de las Drogas, algunos Estados de la UE (Unión Europea) han experimentado en los últimos años un incremento sustancial de la demanda de tratamientos por consumo de cocaína. En efecto, la cocaína es la segunda droga ilegal más consumida en Europa.

En España, en concreto, según el OED (Observatorio Español sobre Drogas) la prevalencia del consumo de esta sustancia en la población de 15-64 años ha pasado de 1,8 en 1995 a 3,0 en 2008. Este porcentaje de consumo representa el consumo en los últimos doce meses, puesto que el esporádico –alguna vez en la vida- se eleva hasta el 8%. La edad media de inicio de consumo se sitúa en torno a los 21 años. Existe una gran diversidad en cuanto a las características de los consumidores. Desde algunos de los miembros más privilegiados de la sociedad hasta los más marginados. Éste es tres veces mayor en hombres que en mujeres.

Diferentes pautas de consumo

Por consiguiente, las pautas de consumo de cocaína pueden ser diversas, desde un consumo ocasional y recreativo hasta un consumo altamente compulsivo y dependiente. Además, según los psiquiatras, los pacientes con enfermedades graves tales como psicosis, trastorno bipolar o depresiones, y que además consumen cocaína, son más difíciles de tratar que los que no consumen esta droga.

Los vínculos entre el deterioro de la salud mental y el consumo de cocaína están más que probados, lo cual no parece haber evitado que la tendencia de aumento en lo que respecta a la prevalencia de consumo en los últimos doce meses de esta sustancia se haya estabilizado en uno de los porcentajes más altos del mundo (3%). Y es que, desafortunadamente, la cocaína tiene un alto poder adictivo, y desafortunadamente, se consume como droga de recreo.

LAS AGUAS RESIDUALES

Por otro lado tenemos el tema de la contaminación, sobre todo de las aguas, y en ello colaboran casi todos los municipios. Para muestra un botón: Ver el río Deba.

Pese a las advertencia de la Comisión Europea, que constantemente remite a por escrito por no haber dado cumplimiento a alguna sentencia sobre el tratamiento de las aguas residuales, España y en concreto algunos municipios no han tomado las medidas necesarias para atajar el problema, por lo que la Comisión podría llevarla de nuevo ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y solicitar que se le imponga una multa.

Las aguas residuales urbanas no tratadas son una amenaza para los ciudadanos y perjudican la calidad ambiental de los ríos, lagos y aguas costeras. Por ello se insta a España y a todos los municipios que contaminan a enmendarse rápidamente. De lo contrario, la Comisión podría pedir al Tribunal que la obligue a pagar una multa.

Con arreglo a la Directiva sobre las aguas residuales urbanas, los municipios deben disponer de sistemas adecuados de recogida y tratamiento de aguas residuales. Según la información proporcionada a España por la Comisión, existen retrasos y lagunas importantes en la adopción de las medidas necesarias para la recogida y tratamiento correctos de las aguas residuales, lo que constituye una violación directa de la sentencia del TJCE. Mientras que el plan de obras sigue sin estar claro, se vierten aguas residuales en el medio ambiente, motivo por el cual la Comisión remite a España un segundo apercibimiento por escrito. En caso de que no dé pleno cumplimiento a la sentencia dictada, la Comisión podría de nuevo llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para pedirle la imposición de una multa.

Las aguas residuales no tratadas pueden estar contaminadas por bacterias y por virus nocivos y presentar así un riesgo para la salud pública. Asimismo, contienen nutrientes como nitrógeno y fósforo, capaces de dañar las aguas dulces, caso del río Deba, y el medio marino favoreciendo la proliferación de algas que asfixian otras formas de vida, fenómeno denominado eutrofización.

El principal tratamiento de las aguas residuales previsto por la Directiva es de tipo biológico o «secundario». Las infraestructuras correspondientes debían estar en funcionamiento a más tardar el 31 de diciembre de 2000. Cuando las aguas residuales se vierten en masas de agua denominadas «sensibles», la Directiva obliga a efectuar el tratamiento «terciario», más estricto, que incluye la eliminación del fósforo y/o el nitrógeno y que tendría que haber estado a punto, a más tardar, el 31 de diciembre de 1998.

Procedimiento jurídico

El artículo 226 del Tratado habilita a la Comisión para incoar un procedimiento jurídico contra los Estados miembros que incumplan sus obligaciones.

El artículo 228 del Tratado habilita a la Comisión a actuar contra los Estados miembros que hayan incumplido una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Este artículo permite igualmente a la Comisión solicitar al Tribunal que imponga sanciones financieras al Estado miembro en cuestión.

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